A los efectos de la Aduana de Cuba, todo viajero tiene derecho a ingresar en la Isla 1000 CUP (o CUC) en valor de sus artículos. Leer más>>
Además de sus efectos personales, por los cuales no se pagarán derechos de aduana, los pasajeros pueden importar como parte de su equipaje, sin carácter comercial y sujetos al pago de los derechos de aduanas que correspondan, artículos nuevos y usados hasta el límite en valor autorizado de mil (1,000) pesos. El valor de los artículos que arriben al país como equipaje no acompañado formará parte del valor máximo permitido de ese pasajero. Leer menos<<
Si quieres obtener información más detallada puedes acceder a la página de la Aduana de Cuba Aquí.
Puedes aprovechar la capacidad de tu equipaje al máximo. Recuerda que puedes importar en equipaje acompañado y también en equipaje no acompañado.
Valor = Equipaje acompañado + Equipaje no acompañado = 1000 CUP (o CUC).
Equipaje acompañado: 2 maletas de 23 kg + 5 kg de equipaje de mano = 51 kg, de los cuales 30 kg son de efectos personales. Suponiendo que los restantes 21 kg son de misceláneas, según la valoración aduanal de Cuba sería equivalente a 21 x 10 = 210 pesos. Por tanto:
1000 = 210 + Equipaje no acompañado
Equipaje no acompañado = 1000 – 210 = 790 CUP (o CUC). Esto quiere decir que puede importar 79 kg de misceláneas en equipaje no acompañado.
Equipaje Acompañado + Eq. no Acomp. = 1000 CUP (o CUC)